Es común que cuando una empresa necesita financiación externa los bancos pidan como garantía que particularmente los socios y/o administradores avalen la operación.
Esto produce que la situación patrimonial de la empresa se interrelacione con el patrimonio particular del empresario perdiendo autonomía. Si la empresa va mal y no paga, actuarán contra los avalistas poniendo incluso en riesgo la vivienda habitual.
Es frecuente que la empresa fracase y cierre o se transforme en una sociedad inactiva que navega sin rumbo fijo. El riesgo se traspasa ahora a los avalistas que ven como los acreedores reclaman directamente contra ellos las deudas avaladas.
Esta situación está produciendo que últimamente se estén dando casos de empresas que ante una situación de insolvencia actual o inminente se dirijan sin demora a pedir el concurso de acreedores.
Pero, ¿qué pasará con los avalistas?.
Que tendrán que buscar una solución a ese endeudamiento previsible y lo harán acogiéndose a la ley de segunda oportunidad si fuera posible. Esos créditos podrán entrar en el pasivo a exonerar junto con otras deudas.