La obligación legal de tener un Canal de Denuncias

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La implementación de un Canal de Denuncias (o Canal Interno de Información) es hoy una exigencia legal para miles de empresas en España.

Con la entrada en vigor de la Ley 2/2023, que transpone la Directiva Whistleblowing, el incumplimiento puede derivar en sanciones económicas severas y dañar gravemente la reputación corporativa.

¿Tu empresa está obligada a tener un canal de denuncias?

La Ley 2/2023 establece que deben disponer de un sistema interno de información las siguientes entidades:

  • Empresas privadas con 50 o más trabajadores.
    Esta obligación afecta directamente a la mayoría de PYMEs. El plazo de implementación ya ha vencido, por lo que el incumplimiento puede ser sancionado.

  • Entidades del sector público.
    Todos los organismos y administraciones públicas deben contar con un canal, independientemente de su tamaño.

  • Empresas de alto riesgo.
    Aquellas sujetas a la normativa de prevención de blanqueo de capitales o del mercado financiero, sin importar su número de empleados.

Riesgos de no cumplir con la Ley 2/2023 

No disponer de un canal de denuncias operativo y conforme a la ley se considera una infracción muy grave.

Las multas pueden superar los 600.000 euros, además de otras consecuencias:

  • Daño reputacional: demuestra falta de ética y transparencia.

  • Pérdida de oportunidades: puede limitar el acceso a contratos públicos o subvenciones.

  • Riesgo de inspecciones y sanciones adicionales.

Cumplir no solo evita sanciones: refuerza la cultura de cumplimiento normativo y mejora la confianza corporativa.

Requisitos técnicos de un canal de denuncias seguro

El canal debe garantizar la confidencialidad, anonimato y trazabilidad de las comunicaciones.

Estos son los tres pilares técnicos exigidos por la normativa:

1. Garantía de anonimato y confidencialidad.

El sistema debe:

  • Evitar la captura de IP y metadatos identificativos.

  • Proteger toda la comunicación mediante cifrado HTTPS/SSL/TLS.

  • Asegurar el cifrado de los datos almacenados (en reposo).

2. Seguimiento anónimo y comunicación bidireccional.

  • Generar un código de seguimiento único para cada denuncia.

  • Permitir al informante consultar el estado del caso y comunicarse con el responsable del canal de forma segura.

3. Gestión centralizada y trazabilidad.

  • Mantener un registro de auditoría (logging) con todas las acciones realizadas.

  • Garantizar la custodia segura de documentos y archivos adjuntos.

¿Gestionar internamente o externalizar el canal de denuncias?

La externalización del canal es una opción cada vez más elegida, especialmente por las PYMEs, por su seguridad, neutralidad y cumplimiento técnico.

 

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Conclusión: protege tu empresa y cumple con la Ley

Para la mayoría de las empresas con menos de 250 empleados, externalizar el canal de denuncias con un proveedor especializado en compliance es la opción más segura, eficiente y rentable.

Déjanos en nuestras manos tu canal de denuncias para garantiza el cumplimiento de la Ley 2/2023, proteger a los informantes y evitar sanciones que pueden comprometer la continuidad del negocio.

Contacta con nosotros sin compromiso para estudiar tu caso.

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